Según se puso de manifiesto en la clausura del seminario “Mercado hipotecario: nuevos retos, nuevas soluciones”, organizado por el Notariado en la UIMP
Santander, 1 de agosto de 2008.- “La nueva ley 41/2007 de Regulación del Mercado Hipotecario da carta de naturaleza en nuestro Derecho a productos hipotecarios novedosos, como la hipoteca “inversa” o la “flotante”, en los que el asesoramiento imparcial del notario es especialmente necesario para el consumidor”, según declaró el notario Francisco Aranguren en la clausura del seminario “Mercado hipotecario: nuevos retos, nuevas soluciones” que -organizado por el Consejo General del Notariado- ha tenido lugar del 28 de julio al 1 de agosto en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de Santander.
“Respecto de la hipoteca “inversa”, por los riesgos que comporta, dicho asesoramiento imparcial debe proporcionarlo la entidad, con carácter obligatorio. Sin perjuicio de ello, habría de considerarse la función notarial en este punto, como garantía de imparcialidad y sin coste añadido para el ciudadano. La efectividad del sistema aconseja situar el momento de la intervención notarial como el eje de los mecanismos legales de protección del prestatario por ser el acto de otorgamiento de la escritura de préstamo hipotecario el que determina la vinculación del prestatario con carácter irrevocable”, apuntó Aranguren.
