Corresponde a la Comisi贸n de Estudios de Posgrado proponer al Rector las posibles convalidaciones o reconocimientos parciales de estudios en los programas oficiales, a petici贸n de los interesados.
路 El reconocimiento parcial de estudios se aplicar谩 en el caso de asignaturas o m贸dulos cuyos contenidos sean sustancialmente iguales a los reconocidos, o si se han obtenido a trav茅s de programas internacionales de movilidad.
El reconocimiento supone trasladar al expediente la calificaci贸n obtenida en los estudios que se reconocen.
路 La convalidaci贸n parcial de estudios se aplicar谩 en el caso de estudios equivalentes en nivel de competencias. En este caso la calificaci贸n ser谩 de APTO y no se tomar谩 en cuenta para la media del expediente. La unidad b谩sica de convalidaci贸n para los M谩steres Universitarios es la asignatura
El plazo de solicitud ser谩 de 15 d铆as desde la finalizaci贸n del plazo de matr铆cula.
Formulario de Solicitud reconocimiento.pdf
Documentaci贸n
La solicitud del estudiante deber谩 ir acompa帽ada de un informe del Director/a responsable del programa correspondiente que certifique la adecuaci贸n de la solicitud, la cual ser谩 valorada por la Comisi贸n de Posgrado.
Junto con el impreso de solicitud, el estudiante presentar谩 a la Secretar铆a de Alumnos de Posgrado la siguiente documentaci贸n:
路 T铆tulo y/o certificado de estudios en el que consten las asignaturas cursadas, duraci贸n de los estudios y calificaci贸n obtenida.
Propuesta de resoluci贸n
La propuesta de resoluci贸n corresponder谩 a la Comisi贸n de Estudios de Posgrado, que la elevar谩 al Consejo de Gobierno de la UIMP para su aprobaci贸n.
La resoluci贸n se tramitar谩 a la Secretar铆a de Alumnos de Posgrado para su inclusi贸n en el expediente del estudiante.
Estudios que pueden reconocerse / convalidarse
Estudios realizados en la UIMP:
. Realizados en otros M谩steres Universitarios de la UIMP.
. Ense帽anzas reconocidas con t铆tulos de posgrado propios de la UIMP.
En estos casos, se proceder谩 al reconocimiento de asignaturas o m贸dulos, recogi茅ndose la calificaci贸n correspondiente.
Otros estudios
a) Estudios realizados en otros M谩steres Universitarios espa帽oles aprobados al amparo del RD 556/2005 y RD 1393/2007.
b) Estudios realizados en programas de Doctorado de otras Universidades espa帽olas del plan de estudios regulado por el Decreto 778/98 de Tercer Ciclo.
c) Estudios extranjeros realizados con posterioridad a la titulaci贸n que da acceso a los Estudios de M谩ster o Doctorado en el pa铆s correspondiente.
d) Ense帽anzas propias universitarias post-licenciatura/ingenier铆a (reconocidas como t铆tulos propios de universidades espa帽olas o t铆tulos de universidades extranjeras posteriores a la titulaci贸n que da acceso a los Estudios de M谩ster o Doctorado en el pa铆s correspondiente).
e) Cursos extracurriculares de nivel equivalente a los Estudios de M谩ster o Doctorado en los que exista un control acad茅mico y, consecuentemente, una evaluaci贸n del trabajo realizado por el alumno.
El estudiante deber谩 abonar el 25% establecido como precio p煤blico del ECTS del estudio en el que se reconoce o convalida.
Los cr茅ditos basados en horas lectivas no son directamente equiparables a los cr茅ditos ECTS; por lo tanto, la Comisi贸n Acad茅mica del t铆tulo realizar谩 la propuesta de reconocimiento o convalidaci贸n.

