Seguros

Seguro para estudiantes que cursen estudios oficiales de Máster Universitario o Doctorado

A) Estudiantes españoles o extranjeros que residan legamente en España menores de 28 años: estos estudiantes abonarán en el momento de la matrícula el Seguro Escolar, debiendo facilitar a la Secretaría de Estudiantes UIMP su número de afiliación en la Seguridad Social (Tarjeta Sanitaria a su nombre). 

En caso de no disponer de número de afiliación en la Seguridad Social, el estudiante deberá tramitar personalmente su solicitud de alta en la Seguridad Social. 

Para información adicional puede consultar las siguientes páginas del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social:

B) Estudiantes mayores de 28 años: todos los estudiantes que cursen un estudio oficial de Máster Universitario o Doctorado en la UIMP y que no estén cubiertos por el Seguro Escolar ni estén dados de alta en la Seguridad Social, deberán contratar una póliza de seguros de accidentes.

En el momento de la matrícula, deberán presentar justificante de haber suscrito la mencionada póliza.

Definición y contenidos

Según establece el artículo 10 del Real Decreto 1393/2007, las enseñanzas de Máster Universitario tienen como finalidad la adquisición por el estudiante de una formación avanzada, de carácter especializado o multidisciplinar, orientada a la especialización académica o profesional, o bien a promover la iniciación en tareas investigadoras. 

  • La estructura de los planes de estudio en los estudios oficiales de Máster Universitario se ajustará a lo dispuesto en la normativa general y en la específica dictada por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 
  • Los estudios de Máster Universitario que permiten el acceso a actividades profesionales reguladas deberán ajustarse a las directrices generales que les sean de aplicación. 
  • El número de créditos de un Máster Universitario estará comprendido entre 60 y 120 créditos, y podrá incluir complementos de formación (que pueden estar dentro y fuera del Máster Universitario). El número de horas asociadas a cada crédito estará comprendido entre 25 y 30 horas.
  • El plan de estudios contendrá toda la formación teórica y práctica que el estudiante deba adquirir: materias obligatorias, materias optativas, seminarios, prácticas externas, trabajos dirigidos, Trabajo de Fin de Máster, sistemas de evaluación, etc. 
  • Las asignaturas que formen parte del plan de estudios deberán ser igual o superior a 3 créditos. Se podrá incluir de manera excepcional alguna asignatura inferior a 3 créditos previa autorización expresa del Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 
  • El Artículo 15.3 del Real Decreto 1393/2007 establece que las enseñanzas de Máster Universitario “concluirán con la elaboración y defensa pública de un Trabajo de Fin de Máster” con una asignación de entre 6 y 30 créditos. Por lo tanto, tal defensa solo se podrá realizar cuando el estudiante haya superado todas las restantes asignaturas del Máster Universitario, incluidos los complementos de formación que le hubieran sido asignados. 
  • Se establece que dos másteres universitarios deben diferir en al menos 45 créditos. En ningún caso, másteres distintos podrán compartir el Trabajo de Fin de Máster, ya que este debe medir globalmente la adquisición de las competencias de cada título, y títulos diferentes deben tener competencias diferentes. 
  • Los planes de estudio de Máster Universitario podrán contemplar la realización de prácticas externas. Estas prácticas se efectuarán mediante convenio entre el Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o el centro colaborador responsable del Máster Universitario, según corresponda, y la empresa o institución pública o privada donde se realicen. El centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado o el centro colaborador responsable) se encargará de gestionar la programación, el desarrollo y la calificación de las prácticas externas. La calificación de las prácticas externas será la otorgada por el tutor de prácticas del estudiante de acuerdo con lo indicado en la Memoria Verificada del título respecto de la evaluación de las mismas. 
  • El número mínimo de estudiantes en un Máster Universitario en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo deberá ser de diez (10) estudiantes. 
  • La extinción de un Máster Universitario será propuesta por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo al Consejo de Gobierno de la Universidad, bien a iniciativa propia o a petición del centro responsable de la impartición justificada y analizada previamente por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente. Dicha propuesta será informada a la Comisión de Estudios de Posgrado y Doctorado de la Universidad.

Los Másteres Interuniversitarios 

El artículo 3.4 del Real Decreto 1393/2007 establece que las Universidades podrán, mediante convenio con otras universidades nacionales o extranjeras, organizar enseñanzas conjuntas conducentes a la obtención de un único título oficial de Máster Universitario. 

En el caso de Másteres Interuniversitarios el Centro Colaborador responsable de la titulación en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo podrá solicitar al Consejo de Gobierno de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo la no aplicación de alguno de los puntos de esta Normativa de Posgrado. 

Los Másteres Interuniversitarios se regirán por lo que esté establecido en el convenio que los regula. No obstante el centro responsable de la impartición (Centro de Posgrado o centro colaborador) de Másteres Interuniversitarios en los que el convenio que los regula establezca que todos los estudiantes se matriculen en la Universidad coordinadora, y no sea esta la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, podrá solicitar a las universidades participantes la realización de un registro de los estudiantes matriculados en cada universidad.

Los estudiantes de este registro gozarán de los mismos derechos que los estudiantes de Máster Universitario de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo y computarán como estudiantes de esta a los mismos efectos que los demás estudiantes de Máster Universitario de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

 

 

Prácticas Académicas Externas

Prácticas Académicas Externas

AVISO: Las solicitudes de realización de prácticas externas que se reciban durante el mes de agosto, se tramitarán a partir del mes de septiembre 

Novedad Seguridad Social

Seguridad social

En la Disposición adicional quincuagésima segunda del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Se regula la “Inclusión en el sistema de Seguridad Social de alumnos que realicen prácticas formativas o prácticas académicas externas incluidas en programas de formación.”

Por lo que, a partir del 1 de enero de 2024 (según lo establecido en el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio), será obligatorio dar de alta en Seguridad Social como asimiladas a trabajadores por cuenta ajena, a los y las estudiantes que se encuentren en la situación referida en el punto anterior.

Puede obtener su número de la Seguridad Social, utilizando el siguiente enlace.

Más información en este enlace

Prácticas formativas (ver enlace)

Objeto y régimen jurídico de las prácticas académicas externas

El objeto de esta normativa es regular el sistema de prácticas académicas externas de los estudiantes de Máster Universitario de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, al amparo del Real Decreto 592/2014 por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y de las Memorias Verificadas de cada título oficial. 

Cada centro colaborador elaborará su propio Reglamento de Prácticas Externas, dentro del marco establecido en el Real Decreto 592/2014, en el Estatuto del Estudiante Universitario (Real Decreto 1791/2010), en la presente normativa y en las Memorias Verificadas de los títulos oficiales de Máster Universitario que imparta. 

Definición y ámbito de aplicación 

Se consideran prácticas académicas externas a aquellas actividades de naturaleza formativa realizadas por los estudiantes universitarios dentro de los estudios oficiales de Máster Universitario y supervisadas por las Universidades, que se realicen en empresas, instituciones y entidades públicas o privadas en el ámbito nacional o internacional. 

Estas prácticas se efectuarán mediante convenio entre el responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) y la empresa o institución pública o privada donde se realicen. La realización de las prácticas no supondrá, en ningún caso, relación laboral ni contractual entre el estudiante y la entidad correspondiente.

El objetivo fundamental de las prácticas será la adquisición de un conjunto de competencias técnicas, metodológicas y personales, que contribuyan y faciliten al estudiante la adquisición de una formación integral y una experiencia práctica que favorezca su integración en el mundo laboral. 

El responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado o centro colaborador) se encargará de gestionar la programación, el desarrollo y la calificación de las prácticas académicas externas. 

Modalidades de prácticas 

Las prácticas académicas externas se clasificarán en:

  • Prácticas curriculares: son aquellas que se configurarán como actividades académicas integradas en el plan de estudios pudiendo ser obligatorias u optativas. Se establecerán como asignaturas del Plan de Estudios. 
  • Prácticas extracurriculares: son aquellas que los estudiantes podrán realizar con carácter voluntario durante su periodo de formación y que no forman parte del correspondiente plan de estudios. 

Periodos, duración y horarios 

  • Prácticas curriculares: tendrán la duración que establezca cada plan de estudios tal y como se recoge en la Memoria Verificada del título.
  • Prácticas extracurriculares: tendrán una duración no superior al 50% del curso académico, es decir, no más de 750 horas de trabajo por curso. 

Los horarios de realización de las prácticas académicas externas deberán ser compatibles con la actividad académica desarrollada por el estudiante mientras cursa el Máster Universitario en el que se encuentra matriculado. 

Destinatarios y requisitos de acceso 

Podrán realizar prácticas académicas externas los estudiantes matriculados en cualquier titulación oficial de Máster Universitario impartida por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Deben solicitar su petición en el correo This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. 

Para poder realizar prácticas académicas externas se deberán cumplir los siguientes requisitos: 

  • Para las prácticas curriculares, los estudiantes deberán estar matriculados en la asignatura del correspondiente plan de estudios vinculada a dichas prácticas. No podrán realizar prácticas curriculares los estudiantes que hayan superado los créditos necesarios para la obtención del título porque hayan finalizado su periodo de formación, estos son considerados egresados y no estudiantes de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 
  • Para las prácticas extracurriculares, los estudiantes deberán:
    • Contar con la conformidad académica a las prácticas por parte de la Comisión Académica del Máster Universitario, que será remitida al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad y 
    • estar matriculados en cualquier titulación oficial de Máster Universitario impartida en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. Las prácticas extracurriculares podrán realizarse aunque se hayan superado los créditos necesarios para la obtención del título, siempre y cuando no se solicite la expedición del título oficial. En todo caso, las prácticas extracurriculares deben finalizar antes del 30 de septiembre del correspondiente curso académico.

Se recomienda que las prácticas académicas externas se realicen preferentemente en la segunda parte del plan de estudios, con la finalidad de mejorar la aplicación de las competencias adquiridas por los estudiantes y de facilitar su inserción laboral. 

Convenios de cooperación educativa 

Todas las prácticas académicas externas requerirán la firma de un convenio previo de cooperación educativa entre la empresa/institución y el centro responsable de impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) según modelo oficial aprobado por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 

Los convenios establecerán el marco regulador de las relaciones entre el estudiante, la entidad donde se realizarán las prácticas y el centro responsable de la impartición del Máster Universitario (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador), e incluirán en sus estipulaciones básicas o en los anexos los aspectos señalados en el artículo 7.2 del Real Decreto 592/2014. 

Proyecto formativo 

La concreción acerca de la realización de cada práctica académica externa se llevará a cabo a través de la elaboración de un proyecto formativo que, de acuerdo con el convenio de cooperación educativa, tendrá que seguir cada estudiante, con los objetivos y actividades a desarrollar para la adquisición de las competencias que se reflejan en la Memoria Verificada del Máster Universitario en que se encuentre matriculado.

También se incluirán en este proyecto formativo los aspectos relativos a la jornada del estudiante, las fechas de realización, la duración, la jornada laboral, los permisos y, a ser posible, la compatibilidad con los estudios y con la representación estudiantil, la posible rescisión anticipada por incumplimiento de alguna de las tres partes, la protección de los datos personales, los posibles conflictos, la propiedad intelectual, el secreto empresarial y cuantos aspectos se estimen necesarios para el mejor desarrollo de las prácticas. 

  • Solicitud de proyecto formativo de prácticas académicas externas (Impresos)

Responsable del programa y tutoría de las prácticas 

Durante todo el periodo de realización de las prácticas el estudiante tendrá asignado un tutor/a académico y un tutor/a profesional. El centro responsable de la impartición del Máster Universitario (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) arbitrará los mecanismos adecuados para la asignación de los tutores académicos. 

  • El tutor/a académico deberá ser profesor/a del centro donde se imparte la titulación siendo preferible que sea profesor/a de la misma. 
  • El tutor/a profesional será una persona vinculada a la entidad donde se realicen las prácticas y designado por esta, con experiencia profesional y con los conocimientos necesarios para realizar una tutela efectiva. No podrá coincidir con la persona que desempeñe las funciones de tutor/a académico del estudiante. 

El coordinador/a del programa de prácticas externas será el encargado de la organización, coordinación y gestión del programa de prácticas pudiendo ser cualquier miembro del centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) o uno de los profesores designados de entre los que imparten docencia en el Máster Universitario donde se integran las prácticas. 

Informe final y memoria final de prácticas 

A la conclusión de las prácticas, el tutor/a profesional realizará y remitirá al tutor/a académico un informe final en el modelo establecido por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, que recogerá el número de horas realizadas por el estudiante y una valoración de los aspectos referidos, en su caso, tanto a las competencias genéricas como a las específicas, previstas en el correspondiente proyecto formativo. 

  • Informe final del tutor/a profesional de prácticas externas (Impresos)

Cuando así se establezca en el convenio, una vez transcurrida la mitad del periodo de duración de las prácticas, el tutor/a profesional podrá elaborar un informe intermedio de seguimiento. 

Asimismo, el estudiante elaborará y hará entrega al tutor/a académico de una memoria final de prácticas, a la conclusión de las prácticas, en la que deberán figurar, entre otros, los siguientes aspectos: 

  • Datos personales del estudiante.
  • Entidad colaboradora donde ha realizado las prácticas y lugar de ubicación. 
  • Descripción concreta y detallada de las tareas, trabajos desarrollados y departamentos de la entidad a los que ha estado asignado. 
  • Valoración de las tareas desarrolladas con los conocimientos y competencias adquiridos en relación con los estudios universitarios. 
  • Relación de los problemas planteados y el procedimiento seguido para su resolución. 
  • Identificación de las aportaciones que, en materia de aprendizaje, han supuesto las prácticas. 
  • Evaluación de las prácticas y sugerencias de mejora. 

El informe final del tutor/a profesional y la memoria final de prácticas deberán ser remitidas al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para incorporarlos al expediente del estudiante.

El Centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) podrá establecer la necesidad de que el estudiante elabore y haga entrega al tutor/a académico de un informe intermedio, preferentemente una vez transcurrida la mitad de la duración de las prácticas, que recoja la valoración del desarrollo del proyecto formativo. 

Evaluación, actas de calificaciones y certificación de las prácticas 

Las prácticas extracurriculares se evaluarán en función del informe del tutor/a de prácticas externas y el tutor/a académico.

La evaluación de las prácticas curriculares corresponde al tutor/a académico de las mismas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 15 del Real Decreto 592/2014. 

Basándose en el informe final del tutor/a profesional y en la memoria final de prácticas elaborada por el estudiante, el tutor/a académico evaluará las prácticas curriculares desarrolladas elaborando el informe de valoración.

El Reglamento de Prácticas del Centro responsable de la impartición (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) regulará los criterios generales de evaluación y la ponderación entre el Informe Final y la Memoria Final. 

La calificación de las prácticas y firma del acta de calificación es responsabilidad del profesor/a responsable de las mismas, en las convocatorias establecidas para ello (ordinaria y extraordinaria). Para ello se ajustará a lo establecido en el artículo 5 del Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter nacional y validez en todo el territorio nacional. 

Para la reclamación de la calificación se seguirá lo establecido en esta normativa. El estudiante podrá realizar la reclamación desde el momento en que se emita su calificación. 

Finalizadas las prácticas externas, la Secretaría de Estudiantes de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo emitirá, a solicitud del estudiante, un documento acreditativo de las mismas que contendrá, al menos, los siguientes aspectos: 

  • Titular de la certificación.
  • Entidad colaboradora donde se realizaron las prácticas.
  • Descripción de la práctica con especificación de su duración y fechas de realización.
  • Actividades realizadas.
  • Aquellos otros que la Universidad considere conveniente. 

El Suplemento Europeo al Título recogerá las prácticas académicas externas realizadas.

Oferta, difusión y adjudicación de prácticas 

El centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) establecerá los procedimientos de configuración de la oferta, difusión, solicitud y adjudicación de las prácticas académicas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades. 

La oferta de prácticas académicas externas deberá contener, en la medida de lo posible, los siguientes datos: 

  1. Nombre o razón social de la entidad colaboradora donde se realizará la práctica. 
  2. Centro, localidad y dirección donde tendrán lugar. 
  3. Fechas de comienzo y fin de las prácticas, así como su duración en horas. 
  4. Número de horas diarias de dedicación o jornada y horario asignado. 
  5. Proyecto formativo, actividades y competencias a desarrollar. 

Las solicitudes de prácticas curriculares tendrán prioridad frente a las prácticas extracurriculares. 

Matrícula de las prácticas 

La matrícula de las prácticas curriculares se realizará, de acuerdo con los plazos aprobados para cada curso académico y para cada Máster Universitario por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 

No se podrá iniciar la realización de las prácticas externas sin haberse matriculado previamente de las mismas. 

En el supuesto en que el estudiante no supere la asignatura de prácticas externas o anule la matrícula en el curso académico deberá matricularse de nuevo en dicha asignatura. 

Los estudiantes que realicen prácticas extracurriculares no efectuarán matrícula. Una vez finalizadas, podrán solicitar un documento acreditativo de las mismas en Secretaría de Estudiantes. 

Seguro escolar de las prácticas 

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo garantiza en todo caso la cobertura obligatoria de seguros y accidentes a través del seguro escolar en el territorio nacional.

Los estudiantes mayores de 28 años a la fecha de formalización de la matrícula deberán establecer un seguro personal adicional de cobertura análoga al seguro escolar, y cuya cuantía correrá a su cargo, debiendo aportar una copia del mismo para poder realizar las prácticas. Así mismo, los estudiantes que opten por realizar las prácticas en el extranjero deberán asegurarse de suscribir un seguro de accidentes y de responsabilidad civil que cubra durante el periodo de prácticas.

Derechos y obligaciones 

Los derechos y deberes del estudiante, del tutor profesional y del tutor académico durante el periodo de realización de las prácticas académicas externas vendrán regulados por lo indicado en los artículos 9, 11 y 12 del Real Decreto 592/2014. 

Derechos y obligaciones

Garantía de calidad de las prácticas 

El Sistema Interno de Garantía de Calidad de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo articula los procedimientos que garantizan la calidad de las prácticas académicas externas que realicen los estudiantes.

Los citados procedimientos incluyen mecanismos e instrumentos dedicados a la recogida y análisis de información sobre el desarrollo de las mismas y la revisión de su planificación. 

Renuncia a las prácticas 

Los estudiantes podrán renunciar a la realización de las prácticas académicas externas presentando la correspondiente solicitud de renuncia debidamente motivada al Vicerrectorado de Posgrado,  Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. La calificación final de las mismas será de no presentado.

Sistema de Garantía Interno de Calidad (SGIC) de los Másteres Universitarios

SGIC - Másteres Universitarios UIMP

Sistema de Garantía Interno de Calidad de la UIMP

SGIC - Másteres Universitarios organizados por la UIMP en colaboración con el CSIC 

  • Máster Universitario en Alta Especialización en Plásticos y Caucho
  • Máster Universitario en Biodiversidad en Áreas Tropicales y su Conservación
  • Máster Universitario en Ciencia de Datos/Master in Data Science (interuniversitario con la Universidad de Cantabria)
  • Máster Universitario en Biología Sintética Integrativa
  • Máster Universitario en Física de Partículas y del Cosmos (interuniversitario con la Universidad de Cantabria)
  • Máster Universitario en Tecnologías Cuánticas

SGIC - Máster Universitario en Economía y Finanzas organizado por la UIMP en colaboración con CEMFI

SGIC - Máster Universitario en Enseñanza del Español como Lengua Extranjera organizado por la UIMP en colaboración con el IC

SGIC - Máster Universitario en Derecho Constitucional organizado por la UIMP en colaboración con el CEPC

  

SGIC - Másteres Universitarios organizados por la UIMP en colaboración con la Fundación José Ortega y Gasset y Gregorio Marañón

  • Máster Universitario en Gobierno y Administración Pública
  • Máster Universitario en Alta Dirección Pública
  • Máster Universitario en Cooperación Internacional y Gestión de Políticas Públicas, Programas y Proyectos de Desarrollo
  • Máster Universitario Bioética Clínica

SGIC - Másteres Universitarios organizados por la UIMP en colaboración con el INAP

  • Máster Universitario en Dirección y Liderazgo Públicos

SGIC - Máster Universitario en Gestión Internacional de la Empresa organizado por la UIMP en colaboración con ICEX-CECO

SGIC – Máster Universitario en Investigación en Inteligencia Artificial, organizado por la UIMP en colaboración con AEPIA

 

Evaluación y convocatorias en Másteres Universitarios

Sistema de calificación

Independientemente de que los títulos de Máster Universitario puedan estar organizados en módulos, se calificará de forma independiente cada una de las materias o asignaturas que los componen.

El sistema de calificación en los estudios oficiales de Máster Universitario se regirá por lo previsto en el Real Decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional.

Los resultados obtenidos por el estudiante en cada una de las asignaturas del plan de estudios se calificarán en función de la siguiente escala numérica de 0 a 10, con expresión de un decimal, a la que se añadirá su correspondiente calificación cualitativa.

ALFABÉTICA NUMÉRICA
No presentado (NP)  
Suspenso (S) 0 - 4,9
Aprobado (A) 5 - 6,9
Notable (N) 7 - 8,9
Sobresaliente (SB) 9 - 10

Matrícula de Honor

La mención de Matrícula de Honor (MH) podrá ser otorgada a los alumnos que hayan obtenido una calificación igual o superior a 9. Su número no podrá exceder del 5% de los alumnos matriculados en una asignatura en el correspondiente año académico, salvo que el número de alumnos matriculados sea inferior a 20, en cuyo caso se podrá conceder una sola Matrícula de Honor.

Cuando al aplicar el límite del 5% de los estudiantes matriculados en una materia en el correspondiente curso académico no se obtenga como resultado un número entero, se realizará un redondeo al número entero más cercano, a los efectos de establecer el número máximo de menciones de Matrícula de Honor que pueden ser otorgadas.

Asignaturas reconocidas

Las asignaturas reconocidas conservarán la calificación de la asignatura de origen. En el caso de que una asignatura sea reconocida por varias asignaturas de los estudios de origen la calificación de esta será la media ponderada de las asignaturas implicadas en la titulación de origen. Los créditos reconocidos por experiencia laboral o profesional acreditada y por títulos propios se reconocerán con la consideración de Apto, sin calificación, y no serán tenidos en cuenta a efectos de ponderación del expediente.

Tanto las calificaciones numéricas como las alfabéticas que se deriven de ellas pasarán a formar parte del expediente académico de cada estudiante y se incluirán en las correspondientes certificaciones académicas.

Media del expediente académico 

La media del expediente académico de cada estudiante será el resultado de la aplicación de la siguiente fórmula: suma de los créditos obtenidos por el estudiante multiplicados cada uno de ellos por el valor de las calificaciones que correspondan y dividida por el número de créditos totales superados por el estudiante.

Las asignaturas que se ponderen con un sistema de suficiencia, Apto/ No apto, no computarán en la nota media del expediente.

Convocatorias y períodos de calificación 

De acuerdo con el sistema de evaluación continua, en los estudios oficiales de Máster Universitario existirán dos convocatorias en un mismo año académico. Las convocatorias son:

  • Febrero y extraordinaria de septiembre: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante el primer cuatrimestre.
  • Junio y extraordinaria de septiembre: para las asignaturas cuya docencia se imparte durante todo el curso o durante el segundo cuatrimestre.

En total, el estudiante dispondrá de cuatro convocatorias para superar cada una de las asignaturas del plan de estudios.

El periodo de introducción de calificaciones en la aplicación informática de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo será aprobado, para cada curso académico, por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente. El mismo facilitará las instrucciones necesarias para que los profesores coordinadores de asignaturas procedan a su cumplimentación en los plazos establecidos.

La apertura de actas se realizará al finalizar los cuatrimestres, en los plazos habilitados para ello y que oportunamente se comunicarán a todos los docentes responsables de su formalización.

Sobre la calificación de las asignaturas

Responsabilidad

La calificación de las pruebas de evaluación se realizará por los profesores señalados en el plan docente anual de cada asignatura, siendo competencia del profesor coordinador de la asignatura la calificación final de la misma.

Comunicación a los estudiantes

Los profesores o coordinadores de las asignaturas podrán calificar a los estudiantes a lo largo del curso en función de su progreso académico, esta calificación será agregada a la nota final. La comunicación de la calificación al estudiante se realizará con anterioridad a la expedición del acta, con objeto de que el estudiante pueda ejercer su derecho a la revisión de la misma.

Las calificaciones finales de cada asignatura deberán hacerse públicas en los plazos que anualmente fije la Universidad para cada Máster Universitario:

  • Las calificaciones provisionales serán comunicadas por el Centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad o centro colaborador) por los medios establecidos.
  • Las calificaciones definitivas serán comunicadas a través de la Secretaría Virtual de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

La defensa del Trabajo de Fin de Máster solo puede realizarse cuando el estudiante haya superado todas las asignaturas del Máster. Por ello se ha de calificar al estudiante en cuanto se tenga su calificación definitiva.

Revisión de calificaciones y reclamaciones

Antes de elevar a definitivas las calificaciones correspondientes el profesor responsable de cada asignatura deberá publicar y comunicar las calificaciones provisionales a los estudiantes a efectos de que estos puedan solicitar la revisión de la calificación.

Los estudiantes podrán reclamar la revisión de su calificación ante la Comisión Académica del Máster Universitario que estén cursando. La revisión deberá ser solicitada por escrito en el formulario establecido, dirigido al Equipo Docente de la asignatura. Se deberá completar un formulario por cada asignatura en la que se desee solicitar revisión de calificación. Las solicitudes deberán rellenarse de forma individual, no aceptándose revisiones solicitadas de forma colectiva por varios alumnos.

No se admitirá solicitud de revisión de calificación alguna que esté fundada en razones ajenas a criterios estrictamente académicos.

La petición podrá realizarse por correo postal (Secretaría de Estudiantes UIMP. C/ Isaac Peral, 23, 28040 Madrid) o por correo electrónico (This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.), en el plazo de 7 días naturales contados a partir de la fecha de publicación de las notas en la Secretaría virtual de la UIMP o por el procedimiento establecido en el que se den a conocer las calificaciones de las distintas asignaturas.

  • Solicitud de revisión de calificación (Impresos)

Una vez recibida la solicitud de revisión, el Equipo Docente tendrá de plazo para responder hasta la fecha oficial de cierre de actas. La respuesta del Equipo Docente deberá ser motivada y ajustada a los criterios académicos de corrección que haya fijado cada Equipo Docente.

Realizada la revisión, se comunicará al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente, mediante acta, la calificación de la asignatura obtenida en la revisión, para su anotación en el expediente del estudiante y comunicación al interesado.

En el caso de que el estudiante no esté conforme con el resultado de esta primera revisión, podrá solicitar al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente en el plazo de 5 días naturales siguientes a la recepción de la resolución, la formación de la Comisión de Revisión de Calificación. La presentación de esta solicitud no impide la inclusión en actas de las calificaciones obtenidas tras la primera revisión.

La petición deberá presentarse por escrito en el formulario establecido y podrá realizarse por correo postal (Secretaría de Estudiantes UIMP. C/ Isaac Peral, 23, 28040 Madrid) o por correo electrónico (This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.).

  • Solicitud de formación de Comisión de Revisión de Calificación (Impresos)

Recibida la solicitud para la formación de una Comisión de Revisión de Calificación, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente resolverá de forma motivada si procede o no su formación. En caso afirmativo se nombrará una Comisión formada por al menos tres profesores del área de conocimiento de la/s asignatura afectada/s, excluidos los profesores responsables de la primera revisión.

Esta Comisión podrá solicitar cuantos informes sean necesarios para resolver y su resolución será notificada al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente, para la anotación de la calificación definitiva en el expediente del estudiante y su comunicación al interesado.

  • Notificación de evaluación razonada de calificación (Impresos)

Ante esta resolución el estudiante puede interponer un recurso de alzada ante el Rector de la UIMP en el plazo de un mes a contar desde su recepción.

Revisión de actas por Secretaría General

Una vez elevadas a definitivas las calificaciones únicamente podrán modificarse de acuerdo con el siguiente procedimiento: 

1) Si, una vez que las calificaciones han sido elevadas a definitivas, se detecta un error en las mismas, el profesor responsable de la asignatura deberá solicitar por escrito la modificación a la Dirección del Máster Universitario correspondiente.

2) El Director del Máster Universitario resolverá la solicitud y la remitirá por escrito (firmada y motivada), mediante el formulario correspondiente, al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente para su análisis y autorización. Este la remitirá a la Secretaría de Estudiantes para que se proceda a la modificación solicitada. 

3) Una vez realizada la modificación, la Secretaría de Estudiantes hará constar en la solicitud la fecha en que se ha realizado la modificación y la fecha en que se ha diligenciado el acta correspondiente.

Calificaciones fuera de plazo

Una vez transcurrido el plazo de introducción de calificaciones el sistema informático quedará cerrado. Si las actas han sido cerradas provisionalmente se seguirá el procedimiento que se describe a continuación:

1) Los profesores responsables que no hayan introducido o comunicado sus calificaciones dentro de los plazos establecidos, deberán solicitar por escrito al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación  y Formación Permanente la autorización para su introducción en el sistema, indicando las causas que han motivado el incumplimiento de los plazos establecidos. 

2) El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente analizará la información indicada por el profesor y autorizará la introducción de las notas en la aplicación de actas.

Si las actas han sido cerradas definitivamente se deberá proceder tal y como se indica en el apartado anterior relativo a “Revisión de Actas por Secretaría General”. 

Consulta de calificaciones

Los estudiantes podrán consultar a través de la Secretaría Virtual de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo las calificaciones de las asignaturas en que se hayan matriculado. 

Las calificaciones obtenidas a través de estos sistemas tendrán únicamente valor informativo y carecerán de validez administrativa.

Actas

Cada asignatura, independientemente que pertenezca a uno o varios planes de estudio, tendrá un único acta final en la que aparecerán todos los estudiantes matriculados en la misma, identificados con su nombre y dos apellidos y con el número de DNI, pasaporte o NIE. Una vez cerrado el proceso de calificación, el profesor responsable o coordinador expedirá el acta final en la que se incluirán todos los estudiantes matriculados en la correspondiente asignatura. 

El coordinador de la asignatura será el responsable de la firma de las actas de calificación de las asignaturas que coordina. Las actas no serán firmadas en ningún caso por ayudantes, colaboradores o becarios de investigación, aunque hubiesen colaborado en la docencia de la asignatura. En el caso excepcional de imposibilidad de firmar el acta el profesor coordinador de la asignatura, el responsable de la firma de las mismas será el Director de los estudios.

Cualquier modificación posterior al acta deberá hacerse constar en una diligencia a la propia acta y comunicada previamente a Secretaría General para su autorización. Las actas serán custodiadas por la Secretaría General de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Trabajo de fin de Máster

Objeto y ámbito de aplicación 

La Normativa de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo establece las directrices relativas a la definición, realización, defensa, calificación y tramitación administrativa de los Trabajos de Fin de Máster (en adelante TFM) que se establezcan en los planes de estudios de las distintas titulaciones oficiales de Máster Universitario de la UIMP, de acuerdo con la regulación del Real Decreto 822/2021. 

El Centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) podrá desarrollar un reglamento para adecuarlo a las características propias de cada uno de los títulos de Máster Universitario que impartan siguiendo las pautas establecidas por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente. En cualquier caso, la reglamentación desarrollada deberá ser pública y adecuarse a lo dispuesto en esta normativa.

Características del Trabajo de fin de Máster 

El TFM consistirá en la realización por parte del estudiante de un trabajo original, autónomo y personal, bajo la orientación de un profesor, en el que se apliquen y desarrollen los conocimientos y capacidades adquiridos a lo largo de la titulación, demostrando que ha alcanzado las competencias previstas en el plan de estudios.

El término original queda referido a que en ningún caso pueda ser un trabajo plagiado, en conjunto o en parte, ni presentado con anterioridad por el estudiante en ninguna otra asignatura. Se deberán citar las fuentes utilizadas y ser debidamente recogidas en la bibliografía. 

Según se establece en el art. 17.4 del Real Decreto 822/2021 las enseñanzas de Máster Universitario “concluirán con la elaboración y defensa pública de un Trabajo de Fin de Máster” con una asignación de entre 6 y 30 créditos. La carga de trabajo que el estudiante invierta a lo largo de la realización del TFM debe corresponderse con los créditos que le otorgue el plan de estudios. 

El TFM será desarrollado, defendido y calificado individualmente sin perjuicio de que, cuando el tema elegido así lo aconseje pueda ser elaborado en colaboración con otros estudiantes, en la manera que el reglamento desarrollado por el centro responsable de la impartición del título lo prevea, debiendo en todo caso quedar claramente identificadas las distintas partes desarrolladas por cada estudiante y las aportaciones realizadas por cada uno de ellos al trabajo. 

En el caso de aquellos planes de estudio que contemplen la posibilidad de realizar Especialidades y la Memoria Verificada del título establezca que el TFM está asociado a la Especialidad con contenidos y características diferenciados para cada una de las Especialidades, los estudiantes que cursen más de una Especialidad, deberán realizar un TFM para cada una de ellas.

Dirección del Trabajo de fin de Máster

Cada TFM tendrá asignado al menos un profesor/a Director/a, que dirigirá y tutorizará al estudiante a lo largo de la realización del trabajo. 

El Director/a de un TFM deberá ser un profesor/a o investigador/a del centro responsable de la impartición del título, siendo preferible que sea profesor/a del Máster Universitario. Además, podrá actuar como Codirector/a otro profesor/a o un profesional externo, en ese caso debe existir un director/a que pertenecerá al centro responsable de la impartición del título. En el caso de TFM con enfoque investigador, el Director/a de TFM deberá poseer el grado de Doctor/a. 

En los TFM realizados en instituciones o empresas externas a la Universidad, existirá la figura de un Codirector/a perteneciente a la institución o empresa donde se realice el TFM. En estos casos, el Director/a de TFM compartirá con el Codirector/a las tareas de dirección y orientación del estudiante, siendo en cualquier caso responsabilidad del Director/a el facilitar la gestión académica del TFM.

El centro responsable de la impartición del título establecerá los mecanismos necesarios para asegurar que cada estudiante tenga un Director/a de TFM y un tema de trabajo, así como para solventar cualquier incidencia que pudiera surgir durante el desarrollo del mismo. Cuando, por circunstancias sobrevenidas, el Director/a cause baja, el centro responsable de la impartición del título arbitrará las medidas oportunas para su sustitución.

Funciones del director del TFM

Serán obligaciones del director/a del TFM las siguientes: 

  • Establecer claramente los objetivos del TFM así como la metodología y plan de trabajo. 
  • Proporcionar guía, consejo y apoyo al estudiante durante la realización del trabajo. 
  • Supervisar al estudiante en la toma de decisiones que afecten a la estructura del trabajo, tratamiento de los temas, correcta presentación y orientación bibliográfica. 
  • Determinar la consecución de los objetivos propuestos y autorizar la presentación del TFM. 
  • Conocer e informar al estudiante de los trámites de gestión necesarios para la realización del TFM. 

Matriculación y requisitos para la defensa del Trabajo de fin de Máster 

  1. El TFM es objeto de matrícula por el estudiante al inicio del curso junto con el resto de asignaturas requeridas.
  2. La defensa del TFM solo podrá llevarse a cabo cuando el estudiante haya superado todas las asignaturas del Máster Universitario. 
  3. Si el estudiante está matriculado del TFM y no puede defenderlo en dicho curso académico por no tener superadas las restantes asignaturas del Máster Universitario, deberá matricularse nuevamente cuando esté en disposición de defenderlo. 

Periodos de defensa del Trabajo de fin de Máster 

Los TFM se podrán defender y evaluar en las convocatorias oficiales establecidas por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente para cada curso académico, serán dos para cada estudiante.

Depósito del Trabajo de fin de Máster 

Cada estudiante deberá realizar una memoria en la que se incluya el desarrollo del trabajo realizado y un resumen del mismo escrito en español y en inglés. 

Todos los TFM deberán contener una portada en la que se detalle:

  • la denominación del Máster Universitario,
  • el nombre y el logotipo de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
  • la identificación del centro colaborador en caso de no ser el Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo,
  • el título del TFM,
  • el nombre del estudiante,
  • el nombre del director/a de TFM y del codirector/a si lo hubiera,
  • así como el año en que se presenta y defiende el trabajo. 

El Reglamento del centro responsable de impartición del título podrá concretar más aspectos relativos a la presentación de los TFM y la forma y plazos en que el estudiante debe depositar su TFM.

  • Modelo de portada de Trabajo de fin de Máster (Impresos)

El Tribunal evaluador del Trabajo de fin de Máster 

Composición del Tribunal

El tribunal estará formado por al menos dos profesores implicados en la docencia de la titulación.

La presidencia recaerá en el profesor/a de mayor categoría docente y antigüedad y tendrá el grado de doctor/a. Ejercerá como secretario/a el profesor/a de menor categoría docente y antigüedad.

En el caso de que el máster universitario posea carácter investigador los miembros del Tribunal deberán ser doctores implicados en la docencia del mismo.

El Director/a o Codirector/a del TFM no podrá formar parte del tribunal evaluador del trabajo. 

El centro responsable de la impartición del título determinará el procedimiento de nombramiento de los tribunales de evaluación para cada una de las convocatorias oficiales. 

Criterios generales de evaluación

El centro responsable de la impartición del título fijará los criterios para la asignación de TFM a cada tribunal, los criterios generales de valoración, el procedimiento de exposición y la estructura del TFM. 

Entre los criterios generales de valoración estarán, al menos, los siguientes:

  • la calidad científica y técnica del TFM presentado,
  • la calidad del material entregado,
  • la claridad expositiva,
  • y la capacidad de debate y la defensa argumental. 

Previamente a la defensa, el Director/a del TFM podrá informar sobre el mismo al tribunal. 

El centro responsable de la impartición del título (Centro de Posgrado de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo o centro colaborador) hará público el lugar, el día y la hora fijados para la defensa de cada trabajo junto con el tribunal que le corresponda evaluar, al menos con una semana de antelación respecto de la fecha señalada para la defensa.

Presentación y defensa del Trabajo de fin de Máster 

El estudiante realizará una defensa del TFM en sesión pública mediante la exposición oral de su contenido o de las líneas principales del mismo. A continuación, el alumno contestará a las preguntas y aclaraciones que planteen los miembros del tribunal. El Reglamento del centro responsable de la impartición del título fijará los tiempos que correspondan a cada una de las partes de la defensa. 

La defensa del TFM podrá realizarse en español o en inglés, según establezca el Reglamento del centro responsable de la impartición del título. 

El tribunal deliberará sobre la calificación a puerta cerrada, teniendo en cuenta la documentación presentada por el estudiante y la exposición pública de su trabajo. 

De manera excepcional se podrá aprobar, previa petición formal y motivada del estudiante a la Comisión Académica del título, y siempre que existan condiciones técnicas, administrativas y económicas que lo permitan, que la defensa se produzca a distancia de forma virtual o por otro medio siempre que se garantice la defensa pública del TFM y la identidad del estudiante evitando su suplantación. La justificación de las solicitudes podrá estar basada en las características propias del plan de estudios o por tratarse de estudiantes con necesidades especiales o discapacidad que limiten la defensa de su TFM ante un tribunal de manera presencial.

En la modalidad a distancia será necesario que la Comisión Académica del Máster Universitario, el Director/a del TFM y el tribunal tomen las medidas necesarias y oportunas para garantizar la identidad del estudiante y evitar así su suplantación. 

Calificación y actas de Trabajo de fin de Máster 

Una vez finalizado el acto de defensa del TFM los miembros del tribunal firmarán el acta individual correspondiente a cada estudiante utilizando el sistema de calificación establecido en el Real Decreto 1125/2003. 

En el caso de que un TFM obtuviera la calificación de suspenso, el tribunal hará llegar un informe al estudiante y a su Director/a de TFM con los criterios que han motivado dicha calificación y en el que se podrán incluir recomendaciones para mejorar la calidad del mismo. 

Las actas de TFM son elaboradas por el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo una vez que ha recibido por parte de la Comisión Académica del Máster la siguiente información, con la antelación necesaria a la celebración de las defensas:

  • Nombre del estudiante.
  • Título del TFM.
  • Nombre del Director/a o Codirector/a del TFM.
  • Composición del Tribunal Evaluador.
  • Fecha de la Defensa.

El TFM tiene el carácter de una asignatura más del plan de estudios, y por tanto, se rige igual que cualquier otra asignatura del plan de estudios en cuanto a convocatorias de evaluación (ordinarias y extraordinarias) y revisión o reclamación de la calificación obtenida. El estudiante podrá realizar la reclamación desde el momento en que el tribunal emita su calificación.

Propiedad Intelectual y Repositorio de la UIMP para el Trabajo de fin de Máster

La propiedad intelectual de los TFM corresponde al autor o autora del mismo, siendo en este caso los estudiantes. El autor podrá autorizar a la Universidad para la consulta, difusión y/o exposición pública del trabajo, sin ánimo de lucro y sin menoscabo de sus derechos de autor.

Los TFM aprobados y con el fin de dar cumplimiento a la práctica habitual de acceso abierto a la producción académica, científica e investigadora de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo serán incluidos en el Repositorio Institucional de la Universidad que velará por la propiedad intelectual del autor o de la autora. Los TFM que hayan obtenido una calificación de 9 o superior serán con acceso abierto previo consentimiento del autor/a del TFM.

Para realizar el depósito, el centro responsable de la impartición del título enviará una copia de los trabajos en formato electrónico al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad junto con el consentimiento del estudiante y la modalidad de acceso elegida. 

El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad se ocupará también de la conservación de los trabajos cuya difusión no haya sido autorizada por los autores y garantizará el acceso a los mismos para evaluadores, gestores u otras personas en los términos previstos en las disposiciones aplicables.

Trabajos de fin de Máster sometidos a procesos de protección de datos o transferencia de tecnología y conocimiento 

En aquellos TFM sometidos a procesos de protección de datos o transferencia de tecnología y conocimiento, el Director/a del TFM y el estudiante podrán solicitar motivadamente a la Comisión Académica del Máster Universitario que el TFM tenga la consideración de Trabajo de Fin de Máster con información confidencial. 

  • Solicitud de confidencialidad para TFM (Impresos)
  • Compromiso de confidencialidad Tribunal evaluador de TFM (Impresos)

En caso de ser aceptada la solicitud, el centro responsable de la impartición del título y la Universidad Internacional Menéndez Pelayo velarán por el establecimiento del derecho de confidencialidad en los procedimientos que afecten a los TFM que tengan dicha consideración, aplicándose, entre otras, las siguientes actuaciones: 

  • El depósito de un ejemplar reducido del TFM, en el que no se incluyan los contenidos afectados por el deber de no difusión o por el deber y/o derecho de confidencialidad, y de un ejemplar completo para su valoración por el tribunal. 
  • La entrega o remisión del TFM a los miembros del tribunal en la que se advertirá de su condición de TFM sometido a procesos de protección de datos o transferencia de tecnología y conocimiento. 
  • Los miembros del tribunal tendrán la obligación de mantener el secreto y la confidencialidad absoluta sobre su contenido. Para ello, antes de serles remitido el TFM en versión completa, firmarán los compromisos de confidencialidad correspondientes que garanticen la protección del mismo durante el tiempo necesario. 
  • Si el tribunal desea formular cuestiones al estudiante sobre los contenidos sujetos a confidencialidad, deberá hacerlo en sesión privada, con carácter previo o posterior a la sesión pública. 
  • Una vez aprobado el TFM, el ejemplar reducido será el que se publique en el repositorio institucional de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo.

Repositorio UXXI - Fichas docentes

2024-25

  • P01T - Máster Universitario en Derecho Constitucional  
    • Fichero 1
    • Fichero 2

2023-24

  • P01T - Máster Universitario en Derecho Constitucional  

2022-23

  • P01T - Máster Universitario en Derecho Constitucional  
    • Fichero 1
    • Fichero 2

Certificaciones y expedición de título de Máster Universitario

Certificados Académicos

Requisitos para solicitar la expedición de certificados académicos

El estudiante puede solicitar la expedición de certificados académicos, que reflejen la situación de su expediente, previo pago de las tasas públicas que anualmente se establezcan.

Los certificados académicos se pueden expedir únicamente a instancias del interesado, debiendo justificarse con el DNI, Pasaporte o NIE. Se podrán expedir asimismo a solicitud de un tercero, previa presentación de la autorización expresa del interesado acompañada con la copia del DNI, Pasaporte o NIE de ambos.

Para iniciar el trámite de solicitud deben encontrarse depositadas en Secretaría General las Actas originales de las asignaturas del correspondiente plan de estudios.

La Secretaría General aprobará los modelos de certificados que se expedirán a los estudiantes que cursen los estudios oficiales de Máster Universitario. 

Tipos de certificados académicos

  • Certificado Académico Personal de asignaturas con calificación definitiva: muestra únicamente las asignaturas que tienen calificación definitiva.
  • Certificado Académico Personal con calificaciones definitivas y asignaturas matriculadas: muestra todas las asignaturas que tienen calificación definitiva y además aquellas asignaturas matriculadas.
  • Certificado Académico Personal de asignaturas superadas: muestra únicamente las asignaturas superadas.
  • Certificado Académico Personal de asignaturas superadas y matriculadas: muestra las asignaturas superadas y además las asignaturas en las que esté matriculado el alumno.
  • Certificado Académico Personal de asignaturas en última situación: muestra la última situación de todas las asignaturas que aparecen en el expediente del alumno y no el histórico que la asignatura pueda tener.

Documentación a presentar

  • Solicitud de Certificado Académico Personal (Impresos).
  • Fotocopia actualizada y legible del DNI/Pasaporte/NIE.
  • Estudiantes que sean miembros de familia numerosa: documentación indicada en reducciones y exenciones de tasas.

Pago

Una vez presentada la solicitud, se entregará al estudiante el recibo de liquidación del precio público para que efectúe el pago mediante ingreso en efectivo en cualquier sucursal bancaria del Banco Santander, o mediante tarjeta de crédito (para lo cual debe acceder a la Secretaría Virtual), o a través de transferencia bancaria.

El importe a ingresar es el que figura en el recibo. Los gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria deben ser asumidos por el interesado y no podrán aminorar el importe del precio público del certificado.

El estudiante deberá enviar a Secretaría de Estudiantes una copia sellada por el Banco del recibo de pago, o bien el justificante del pago realizado mediante tarjeta o transferencia bancaria, indicando: Nombre y apellidos/ DNI, Pasaporte o NIE / código y denominación del estudio / año académico.

Se exceptúa de este abono los siguientes certificados:

  • Para la renovación del título de Familia Numerosa.
  • Para la utilización del Seguro Escolar.
  • Cualquier certificación solicitada por una autoridad judicial.
  • Certificaciones expedidas para solicitar alguna beca convocada por la Universidad o por el Ministerio de Educación.
  • Certificaciones de matrícula expedidas para solicitar exención o reducción de pago en alguna actividad académica o científica.

Retirada del certificado

El certificado podrá recogerse personalmente por el interesado, o persona debidamente autorizada, en la Secretaría de Estudiantes UIMP. En los casos en que así se indique, la Universidad podrá remitir el certificado a la dirección de correo postal declarada por el interesado.

Expedición de título de Máster Universitario

Requisitos para solicitar la expedición de título de Máster Universitario

Los estudiantes que hayan superado los créditos establecidos en el Plan de Estudios, incluidos los créditos reconocidos, tendrán derecho a la expedición del título oficial de Máster Universitario.

El título oficial de Máster Universitario acredita la completa superación del estudio con validez académica y profesional en todo el territorio nacional. Será expedido, en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad de acuerdo con los requisitos que se establecen respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición en el Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto, sobre expedición de títulos universitarios oficiales.

La solicitud del título implica el cierre del expediente académico, por lo que una vez realizada, no se podrán incorporar nuevas anotaciones en el expediente.

Para iniciar el trámite de solicitud han de cumplirse los siguientes requisitos:

  • Haber superado la totalidad de los créditos que componen la titulación de acuerdo a lo establecido en el plan de estudios correspondiente.
  • Estar al corriente del pago de la matrícula.
  • Encontrarse depositadas en Secretaría General las Actas originales de las asignaturas del correspondiente plan de estudios.

Título de Máster Universitario con más de una especialidad

Los estudiantes que cursen más de una especialidad, en caso de que así lo contemple el Máster Universitario, podrán solicitar la inclusión de las mismas en el título siempre y cuando el título no haya sido expedido con anterioridad. En estos supuestos procederá la expedición de un único título en cuyo anverso figurará una de ellas, haciéndose constar las restantes en el reverso según establece la legislación vigente. 

Plazos de solicitud de expedición

Los títulos podrán solicitarse a lo largo de todo el curso académico.

Documentación a presentar

  • Solicitud de expedición de Título Oficial de Máster Universitario (Impresos).
  • Fotocopia actualizada y legible del DNI/Pasaporte/NIE.
  • Estudiantes que sean miembros de familia numerosa: documentación indicada en reducciones y exenciones de tasas.

Presentación de la solicitud

La solicitud podrá presentarse personalmente en la Secretaría de Estudiantes UIMP (C/Isaac Peral, 23. 28040 Madrid) o enviarse por correo electrónico a la dirección: This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

Pago

Una vez presentada la solicitud, se entregará al estudiante el recibo de liquidación del precio público para que efectúe el pago mediante ingreso en efectivo en cualquier sucursal bancaria del Banco Santander, o mediante tarjeta de crédito (para lo cual debe acceder a la Secretaría Virtual), o a través de transferencia bancaria (únicamente para los estudiantes que se encuentren desplazados fuera del territorio español).

El importe a ingresar es el que figura en el recibo. Los gastos de transferencia o cualquier otra comisión bancaria deben asumirse por el interesado y no podrán aminorar el importe del precio público del título.

El estudiante deberá enviar a Secretaría de Estudiantes una copia sellada por el Banco del recibo de pago, o bien el justificante del pago realizado mediante tarjeta o transferencia bancaria, indicando: Nombre y apellidos/ DNI, Pasaporte o NIE / código y denominación del estudio / año académico.

Retirada del título

  • Personalmente por el interesado en la Secretaría de Estudiantes UIMP (C/Isaac Peral, 23. 28040 Madrid), acreditando su identidad con el documento original de DNI (ciudadanos españoles), pasaporte o NIE (ciudadanos extranjeros).
  • Autorizando a otra persona mediante poder notarial para que lo retire en su nombre. Si el poder notarial está expedido en el extranjero deberá estar legalizado y traducido al castellano.
  • Si el interesado no reside en Madrid, podrá solicitar por escrito a la Secretaría General de la UIMP, previo pago de la tasa establecida, la remisión del Título al Área de Alta Inspección de Educación u Oficinas de Educación de las Delegaciones o Subdelegaciones del Gobierno y/o a la Embajada o Consulado General de España más próximo a su lugar de residencia. El envío se realizará por correo postal certificado. Si elige esta opción el estudiante asumirá los riesgos por pérdida que se pueda ocasionar, asumiendo en su caso, las tasas de reimpresión.
  • Impreso de Solicitud de envío de Título Oficial de Máster Universitario una vez expedido (Impresos).

Legalización de documentos que han de surtir efectos en el extranjero

Legalización de documentos

Los documentos académicos originales (título, certificación académica o programa de asignaturas) que han de surtir efectos en el extranjero deben legalizarse siguiendo el trámite indicado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades y que puede consultarse en este enlace

La legalización de documentos expedidos por la Universidad Internacional Menéndez Pelayo debe ser solicitada directamente por el interesado o persona debidamente autorizada por él.

Normativa de reconocimiento y transferencia de créditos de la UIMP

Definiciones

  • Titulaciones de origen y de destino: Se denominará titulación de origen aquella que se ha cursado previamente y cuyos créditos se proponen para el reconocimiento o transferencia de créditos. Se denominará titulación de destino aquella para la que se solicita el reconocimiento o transferencia de los créditos obtenidos en la titulación de origen.
  • Reconocimiento de créditos: es la aceptación por parte de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo de los créditos obtenidos en otros estudios oficiales, en la misma u otra universidad, para que formen parte del expediente del o de la estudiante a efecto de obtener un título universitario oficial diferente del que proceden.
  • Créditos reconocidos: Se entiende por créditos reconocidos los asignados a las asignaturas cursadas en la titulación de origen y que son computados como reconocidos en la titulación de destino a los efectos de la obtención del título. Las asignaturas reconocidas en la titulación de destino se considerarán superadas y, por ello, el estudiante no tendrá que cursarlas. 
  • Transferencia de créditos: es la inclusión en los documentos académicos oficiales acreditativos de las enseñanzas seguidas por cada estudiante, de la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas con anterioridad, en la misma u otra universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título oficial (artículo 10.8 del RD 822/2021).

Criterios generales de reconocimiento

Criterios generales de reconocimiento

El reconocimiento de créditos en un Máster Universitario se realizará atendiendo a los siguientes criterios generales: 

  • No podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes al Trabajo de Fin de Máster, a excepción de aquellos que se desarrollen específicamente en un programa de movilidad.
  • En ningún caso se podrá hacer un reconocimiento parcial de fracciones de asignaturas o de las prácticas externas. 
  • El número de créditos reconocidos en su conjunto por los conceptos correspondientes a enseñanzas universitarias no oficiales y experiencia profesional y laboral no podrá superar el 15 por ciento del total de créditos del plan de estudios de destino. Como excepción a lo establecido en el párrafo precedente, podrá superarse este porcentaje hasta llegar incluso a reconocerse la totalidad de los créditos que provienen de estudios universitarios no oficiales, a condición de que el correspondiente título no oficial deje de impartirse y sea extinguido y reemplazado por el nuevo título universitario oficial en el cual se reconozcan los créditos académicos. En este caso, los sistemas internos de garantía velarán por la idoneidad académica de este procedimiento.
  • El reconocimiento de créditos se efectuará teniendo en cuenta la adecuación entre los conocimientos asociados a las materias y/o asignaturas cursadas por el estudiante y los previstos en el plan de estudios. 
  • Cuando se produzcan reconocimientos se deberá garantizar, en cualquier caso, que al finalizar sus estudios el estudiante tenga superados un número de créditos obligatorios y optativos al menos igual a los establecidos por el plan de estudios de la titulación de destino para cada tipo de materias.

Órgano competente

El Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente es el responsable de resolver las solicitudes de reconocimiento de créditos académicos, informado por la Comisión Académica del Máster Universitario.

Si el estudiante no estuviera conforme con la resolución de reconocimiento recibida podrá interponer recurso de alzada ante el Rector de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Tipos de reconocimiento de créditos

La Universidad Internacional Menéndez Pelayo podrá reconocer créditos en los estudios oficiales de Máster Universitario por los siguientes conceptos: 

      1. Estudios oficiales de Máster Universitario y Cursos de Doctorado: podrán reconocerse las materias correspondientes a estudios oficiales de Máster Universitario en función de la adecuación entre las competencias y conocimientos adquiridos en la titulación aportada con los correspondientes a los módulos, materias o asignaturas del Plan de Estudios de Máster Universitario con las que deberán ser explícitamente identificadas.
      2. Estudios universitarios oficiales extranjeros de Máster o Doctorado: para el reconocimiento de créditos obtenidos en titulaciones extranjeras será requisito indispensable que la titulación de origen tenga carácter oficial en el país de la institución que expide el título y que todas las certificaciones académicas sean expedidas por autoridades competentes para expedir títulos de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias o administrativas del Estado del que procedan. 

        Si la titulación de origen está adaptada al esquema del Espacio Europeo de Educación Superior y utiliza el sistema de créditos, los créditos reconocidos, en su caso, corresponderán a los créditos de las asignaturas de origen. 

        Si la titulación de origen no hace uso del sistema de créditos, la Comisión Académica será la encargada de establecer el número de créditos reconocidos a partir de la formación recibida, garantizando que cada crédito reconocido se hace con cargo a unas horas docentes de al menos el 35% del valor del crédito.
      3. Enseñanzas universitarias no oficiales: se podrán reconocer los créditos cursados en enseñanzas universitarias conducentes a la obtención de un título propio universitario (art. 10 RD 822/2021). La Comisión Académica efectuará la valoración del reconocimiento de créditos respetando el criterio de que el número de créditos reconocidos en su conjunto por los conceptos correspondientes a enseñanzas universitarias no oficiales y experiencia profesional y laboral, no podrá superar el 15% del total de créditos del plan de estudios de destino, salvo en el caso de que el título oficial haya sido declarado como sustitutivo de un título propio en la Memoria de Verificación del programa (art. 10.6 RD 822/2021).

        Solo podrán ser objeto de reconocimiento los créditos correspondientes a títulos propios universitarios y siempre que el estudiante haya completado la totalidad del título.

        El reconocimiento se hará siempre con cargo a asignaturas y siempre que la formación recibida en el título propio garantice que se cubran y alcancen los contenidos y las competencias de las asignaturas de la titulación de destino.
      4. Experiencia laboral o profesional: el número máximo de créditos reconocibles por esta vía sumado al posible reconocimiento de créditos por enseñanzas universitarias no oficiales no podrá superar el 15% de los créditos de la titulación de destino.
        Se podrán reconocer créditos por la experiencia laboral y profesional acreditada, siempre que dicha experiencia esté relacionada con las competencias inherentes a dicho título y tengan un nivel adecuado al mismo.
        Si el plan de destino incluye prácticas externas curriculares (optativas u obligatorias), los créditos de estas prácticas podrán ser objeto de reconocimiento a partir de la experiencia laboral o profesional del estudiante en los términos establecidos en la Memoria de Verificación del programa.
        También podrá ser utilizada la experiencia profesional para reconocer créditos de formación correspondientes a asignaturas obligatorias u optativas, siempre que el estudiante acredite que ha adquirido, como consecuencia de su actividad profesional, las competencias de los módulos, materias o asignaturas cuyo reconocimiento quiere obtener, acreditando además una experiencia profesional mínima equivalente a 1 año a jornada laboral completa.
        La Comisión Académica podrá exigir la realización al estudiante de una prueba de verificación de su nivel de competencias o una entrevista personal. La Comisión Académica remitirá la propuesta de reconocimiento de créditos al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente de la Universidad Internacional Menéndez Pelayo para su resolución, teniendo en cuenta el tipo y duración temporal de la experiencia laboral y el tipo de instituciones públicas o privadas o empresas en las que se ha desarrollado.

Transferencia de créditos

El artículo 10.8 del Real Decreto 822/2021 establece que la transferencia de créditos implica que, en el expediente académico y en el Suplemento Europeo al Título (SET) de cada estudiante, se incluirán la totalidad de los créditos obtenidos en enseñanzas oficiales cursadas previamente, indistintamente de la universidad, que no hayan conducido a la obtención de un título universitario oficial.

Solicitud: inicio del procedimiento

El estudiante deberá remitir el impreso de solicitud de reconocimiento de créditos debidamente cumplimentado, a través de la Secretaría de Estudiantes de la Universidad.

Una vez finalizado el proceso, el Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente enviará la solicitud, el informe de la Comisión Académica sobre la misma y la resolución (favorable o no) a la Secretaría de Estudiantes para que forme parte del expediente del estudiante y le sea comunicado el resultado del proceso.

Solicitud: documentación requerida

Para todos los solicitantes: impreso de solicitud de reconocimiento de créditos (impreso)

Para solicitar el reconocimiento o transferencia de créditos de estudios universitarios oficiales o propios cursados en centros universitarios españoles, además del impreso de solicitud deberá adjuntar

      1. Fotocopia compulsada del certificado académico personal de los estudios realizados. 
      2. Fotocopia compulsada de la guía docente o programa de cada asignatura de la que se solicita el reconocimiento de créditos con indicación de las competencias y los conocimientos adquiridos, los contenidos desarrollados, las actividades realizadas y su extensión en créditos u horas, sellado por el Centro correspondiente. 
      3. Fotocopia del Plan de Estudios. 
      4. No será necesario presentar esta documentación si los estudios origen del reconocimiento se han cursado en la Universidad Internacional Menéndez Pelayo. 

Para solicitar el reconocimiento o transferencia de créditos de estudios universitarios oficiales cursados en centros extranjeros, además del impreso de solicitud deberá adjuntar:

      1. Fotocopia compulsada del certificado académico personal de los estudios realizados, en la que consten las asignaturas cursadas, las calificaciones obtenidas, la carga lectiva en horas o en créditos, los años académicos en los que se realizaron y el sistema de calificación en que se ha expedido la certificación académica, con indicación expresa de la nota mínima y máxima de dicho sistema.
      2. Fotocopia compulsada del programa de las asignaturas cursadas y superadas de las que solicita el reconocimiento de créditos, con indicación de las competencias y los conocimientos adquiridos, los contenidos desarrollados, las actividades realizadas y su extensión en créditos u horas, sellado por el Centro correspondiente. 
      3. Fotocopia compulsada del Plan de Estudios sellado por el Centro correspondiente. 
      4. En caso de que la documentación sea expedida en un país extranjero deberá presentarse debidamente legalizada y traducida al español por traductor jurado, de acuerdo con la legislación del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte. 

Para solicitar el reconocimiento de créditos por experiencia laboral o profesional, además del impreso de solicitud deberá adjuntar:

      1. Currículum vitae.
      2. Vida laboral de la Seguridad Social o documento análogo.
      3. Informe o certificación de la empresa o institución pública o privada en las que ha prestado servicios, indicando las funciones y tareas desarrolladas y el tiempo de desempeño.
      4. Memoria del solicitante indicando las competencias que a su juicio han sido logradas a través de la labor profesional desarrollada.

Plazo de solicitud de reconocimiento de créditos

Desde el momento de la formalización de la matrícula hasta las dos primeras semanas de curso

Resolución de las solicitudes

El estudiante deberá remitir el impreso de solicitud de reconocimiento de créditos debidamente cumplimentado y la documentación correspondiente a la Secretaría de Estudiantes de la UIMP.
Una vez recibida toda la documentación, la Comisión Académica del Título analizará la solicitud y remitirá la propuesta al Vicerrectorado de Posgrado, Investigación y Formación Permanente para su resolución.
Las resoluciones de reconocimiento de créditos serán comunicadas a los interesados por la Secretaría de Estudiantes. Contra las mismas, que no ponen fin a la vida administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Los estudiantes que obtengan el reconocimiento de créditos tendrán derecho a la devolución del 75% de precio del crédito establecido, para el año en el que se realice el reconocimiento, en la Resolución del Boletín Oficial del Estado por la que se publican los precios públicos aplicables.
Los artículos 2 y 3 del Real Decreto 822/2021 indican que los créditos reconocidos o transferidos serán recogidos en el expediente del estudiante y en el Suplemento Europeo al Título para obtener un título universitario oficial diferente al que proceden.
En el expediente académico se establecerá una separación tipográfica clara entre los créditos que puedan ser usados para la obtención del título de Máster Universitario correspondiente y aquellas otras asignaturas transferidas que no conduzcan a un título. 

El cálculo de la nota media final del expediente se realizará de acuerdo con lo establecido en el artículo 5.3 del Real Decreto 1125/2003 por el que se establece el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias oficiales. Para el cálculo de la media se computarán las asignaturas reconocidas del plan de estudios de destino con la calificación obtenida y no se computarán los créditos reconocidos por estudios propios, experiencia laboral o profesional, actividades universitarias, los créditos transferidos ni los reconocimientos que no tengan calificación en el expediente

Precios por servicios académicos

Los créditos reconocidos se incorporarán al expediente del estudiante una vez que se hayan abonado los precios públicos establecidos para el reconocimiento de créditos